Credencial de Discapacidad
¿Para qué sirve la credencial de discapacidad?
La
persona con discapacidad que tiene su credencial de discapacidad podrá acceder
a todos los beneficios establecidos en la Ley N°20.422.
Los
beneficios son:
·
Postulación
a Ayudas Técnicas del SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad).
·
Postulación
a Fondos Concursables del Senadis.
·
Uso de
estacionamiento exclusivo para personas con discapacidad.
·
Rebajas
arancelarias en la importación de vehículos y de ayudas técnicas.
·
Postular a
subsidios habitacionales u otras prestaciones sociales asociadas a la condición
de discapacidad.
·
Acceder a
todos los beneficios dirigidos a las personas con discapacidad brindados por
Senadis y por otras instituciones públicas que lo exija.
·
Las
instituciones que exigen la credencial de discapacidad también pueden solicitar
otra documentación necesaria para acceder o postular a las prestaciones
sociales que entregan.
Cómo inscribirse en el Registro
Nacional de la Discapacidad y obtener la credencial de discapacidad.
En caso
de que la condición de discapacidad de la persona no esté calificada y
certificada, debe previamente:
Paso 1
La
persona con discapacidad, tutor o entidad a cargo, cuidador o prestadores de
servicios de apoyo deben dirigirse a la COMPIN o bien al consultorio de la
comuna para retirar el formulario de Solicitud de Evaluación de la
Discapacidad.
Paso 2
La
persona solicita al médico tratante completar y firmar la Solicitud de
Evaluación de la Discapacidad. Una vez firmada la solicitud, el documento debe
ser presentado ante la COMPIN.
Paso 3
La COMPIN
evalúa el caso y certifica el grado de discapacidad de la persona. Luego, envía
el certificado al Servicio de Registro Civil y entrega al solicitante una copia
de los antecedentes enviados.
Paso 4
Cuando
está calificada y certificada la condición de discapacidad de la persona, el
Servicio de Registro Civil inscribe a la persona en el Registro Nacional de la
Discapacidad. Finalizado este trámite, la persona con discapacidad recibe una
credencial de discapacidad, que indica el tipo y grado de discapacidad que
presenta.
En caso
de que la condición de discapacidad ya esté calificada y certificada ante la
COMPIN, se puede solicitar la inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación,
esto sólo si la COMPIN no realizó el trámite directamente.
¿Quiénes se inscriben en el Registro Nacional de la
Discapacidad?
Las
personas cuya discapacidad haya sido certificada por la COMPIN (Comisión de
Medecina preventiva e Invalidez). Este organismo envía directamente los
antecedentes al Registro Civil, una vez certificada la discapacidad.
Además,
se pueden inscribir las personas jurídicas que, de conformidad con sus
objetivos, actúen en el ámbito de la discapacidad y las personas naturales que
presten servicios de apoyo o de asistencia a personas con discapacidad.
¿Existen
plazos para efectuar la calificación y certificación?
La
calificación debe realizarse dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde
la solicitud y la certificación de la discapacidad dentro de los 5 días
siguientes a la fecha de calificación.
¿Puede reclamar la persona que no
está de acuerdo con la resolución definitiva emitida por la COMPIN?
Sí, la
ley establece la posibilidad de interponer reclamación administrativa contra
dicha resolución, una vez certificada la discapacidad. Puede realizar el
trámite ante COMPIN o ante el Servicio de Salud respectivo, y en último caso
ante la Superintendencia de Salud.
¿A qué sucursal de COMPIN me debo
dirigir?
A COMPIN ubicada en Calle Rioseco, 25, Lebu.
Fono: (41) 2721025
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